Deducciones por teletrabajo en la Renta 2024: lo que puedes desgravar si trabajas desde casa

teletrabajo portada hacienda

Ahora sí, el periodo para hacer la declaración de la Renta 2024 ha comenzado. Todos los trabajadores tendrán que enfrentarse a Hacienda para poner sus cuentas al día. Y ello también incluye a aquellos que realicen teletrabajo. Hay que decir que, para los trabajadores por cuenta ajena, las ventajas fiscales del teletrabajo son un poco menores, pero para los autónomos sí hay disponibles deducciones muy interesantes.

Los gastos que podemos desgravar son algunos como la electricidad, el agua o incluso los gastos de internet. Pero es que incluso podemos desgravar una parte del alquiler o la hipoteca. Pero, como todo en esta vida, nada está asegurado. Y Hacienda ha establecido requisitos claros a la hora de aplicar las deducciones. Por ello, es momento de entrar en faena y comenzar con las principales deducciones fiscales que podamos utilizar.

Deducciones para trabajadores por cuenta ajena

Para los empleados de una empresa que tienen la capacidad y oportunidad para trabajar desde casa, hay un par de opciones interesantes que podremos desgravar. Y todo ello tiene que ver con los gastos derivados del teletrabajo.

  • La primera de ellas son las cuotas sindicales y colegiales, es decir, lo que pagamos por afiliarnos a sindicatos y colegios profesionales. Pero el límite estará en 500 euros anuales.
  • En caso de problemas con la empresa, y que ello derive en litigios laborales (despidos, reclamaciones salariales, honorarios…) puede incluirse dentro de la propia declaración.

En el caso de los empleados que desempeñen sus funciones por teletrabajo, no podrán deducir gastos relacionados con el uso de su vivienda para trabajar.  Pero esto va a cambiar en el siguiente apartado, donde veremos las deducciones del teletrabajo para los autónomos.

Deducciones para autónomos

Los autónomos que desempeñan su actividad desde su propia casa sí que tienen más facilidad para deducir gastos en la declaración de la Renta. Aunque para ello hay que cumplir ciertos requisitos.

  • Suministros. Podemos desgravar el 30% de los gastos de electricidad, agua, gas e internet. Pero ojo, porque esto solo se aplicará al porcentaje de la vivienda que se aplica al trabajo. Por ejemplo, si tu propia habitación ocupa el 15% de la casa, puedes deducirte un total del 4,5% de los gastos que te hemos dicho.
  • Gastos de vivienda. Tanto los propietarios de los hogares como los inquilinos pueden deducir  una parte proporcional de la hipoteca o el alquiler. Eso sí, ha de permitirlo el propio contrato.

declaracion de la renta

En el caso de los gastos que se puedan relacionar con tu actividad laboral, es imprescindible y necesario que los autónomos puedan justificarlo. Esto quiere decir que tendrán que pedir y conservar las facturas a su nombre, y además de ello, tendrán que demostrar que la parte de la casa en que se dedica a su nivel profesional está registrada en la AEAT.

Además, ten en cuenta que cada Comunidad Autónoma posee competencias propias que modificarán de una u otra forma la declaración de la Renta. Es muy recomendable que puedas echarle un ojo a la información en los organismos oficiales a este tipo de información, porque en la inmensa mayoría de casos, estas medidas están enfocadas en desahogar aún más nuestro bolsillo en la declaración de la Renta.