A pesar de tener un empleo más o menos estable y durante varios años, hay muchas familias en este país que no llegan a final de mes. De ahí que se tengan que buscarse la vida para generar ingresos adicionales.
Evidentemente en todos los casos deberíamos intentar llevar a cabo algunos pasos en este sentido, pero de manera legal. Es por todo ello precisamente por lo que a continuación os vamos a hablar de la posibilidad de compatibilizar vuestro trabajo actual a jornada completa, con el cobro del paro o el subsidio por desempleo.
Esto es algo que podemos llevar a cabo en estos instantes, pero siempre y cuando cumplamos una serie de requisitos imprescindibles. No cabe duda de que esta posibilidad, para todos aquellos que puedan acceder ahora misma, será muy de agradecer. Y es que determinados ciudadanos son familias, podrán mantener su trabajo y al mismo tiempo cobrar el paro, o al menos una parte.
Hay que tener en consideración que hasta la fecha teníamos la posibilidad de aprovechar esta compatibilidad, pero tan solo con un trabajo a media jornada. Sin embargo, es interesante saber que a partir de la última reforma que se realizó en el pasado mes de mayo, ya tenemos la posibilidad de cobrar el paro y trabajar a jornada completa cumpliendo unos requisitos.
Requisitos para cobrar el paro y el empleo a jornada completa
Lo primero que debemos saber es que para beneficiarnos de todo esto que os contamos, tendremos que esperar al próximo mes de abril del año 2025. A partir de ese momento ya tendremos la posibilidad de beneficiarnos de estas ventajas. A continuación os vamos a hablar de los requisitos imprescindibles que debéis cumplir para todo ello.
El primer requisito a cumplir es que no podrás cobrar más del 375% del IPREM. Esto se traduce en que no podemos compatibilizar ambos cobros en el caso de que en ese instante estamos cobrando más de 2250 euros. En el caso de superar es el límite, no podremos compatibilizar esto que os contamos.
Además, también será imprescindible que en el momento de solicitar esta prestación o ayuda, ya hayamos cobrado al menos 9 meses del paro que nos correspondía. A su vez, el paro al que teníamos derecho cuando lo solicitamos en un principio, tenía que ser de al menos un año, es decir, que para alcanzar estos 12 meses debemos haber cotizado como mínimo 3 años en los últimos empleos.
Aquí quizá el mayor problema que nos vamos a encontrar es que, si cumplimos lo estipulado antes, para compatibilizar ambos cobros debemos tener en cuenta que no vamos a percibir todo el paro restante. El porcentaje a cobrar dependerá del momento en el que nos encontremos y la jornada, tal y como podéis ver en la tabla adjunta.
Podríamos decir que cuanto más tiempo llevemos cobrando el paro, menos porcentaje del mismo podremos beneficiarnos de manera conjunta con el trabajo. A su vez, es importante tener en consideración que vamos a poder compatibilizar ambos cobros de manera simultánea durante un máximo de 180 días, lo que son 6 meses.